Nuevo León · Uso de suelo

Uso de suelo en Monterrey

En Monterrey y su zona metropolitana (Nuevo León) el nombre del trámite y la autoridad cambian según el tipo de establecimiento o el municipio. Te explicamos cómo funciona, qué requisitos piden y cómo lo gestionamos por ti.

Edificio de departamentos con locales comerciales en planta baja
Edificio de departamentos con locales comerciales en planta baja

01Cómo funciona en Nuevo León

En Monterrey, San Pedro Garza García y Apodaca, el permiso municipal para operar un establecimiento es la Licencia de Uso de Edificación, que expide Desarrollo Urbano; los giros de bajo riesgo pueden tramitarla por la vía rápida SARE. Antes se necesita la Licencia de Uso de Suelo del predio, y Protección Civil participa con dictámenes y con la autorización (visto bueno) del Programa Interno o Plan de Contingencias. Según la Ley estatal, los establecimientos de menos de 1,500 m² de construcción corresponden a los municipios.

  • En Monterrey, la Licencia de Uso de Suelo es para predios baldíos o construidos sin uso. Si no hay predictamen negativo, el personal dictaminador elabora el dictamen técnico y el área jurídica emite el instructivo o acuerdo; si falta algo, se expide una 'preventiva'.
  • La Licencia de Uso de Suelo es requisito previo de la Licencia de Uso de Edificación en San Pedro Garza García (incluida la modalidad SARE) y del Dictamen para Establecimientos Comerciales de Protección Civil en Monterrey.
  • Plazos de respuesta según las fichas oficiales: San Pedro Garza García, 6 días; Apodaca, 10 días hábiles.

02Datos oficiales

Nombre oficial
Monterrey: 'Licencia de Uso de Suelo' (procedimiento P-SDU-DEC-03). San Pedro Garza García: 'Solicitud de licencia de uso de suelo o proyecto arquitectónico'. Apodaca: 'Licencia de uso de suelo, proyecto arquitectónico' (homoclave SEDUOPEYT-2024-10660-010-B). La Licencia de Uso de Edificación es un trámite distinto y posterior (ver licencia-de-funcionamiento).
Autoridad
Monterrey: Secretaría de Desarrollo Urbano Sostenible, con su Dirección General para un Desarrollo Integrado, Compacto y Eficiente y la Coordinación de Uso de Suelo. San Pedro Garza García: Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad. Apodaca: Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas, Ecología y Transporte.
Dónde se tramita
Monterrey: Ventanilla Digital (tramites.monterrey.gob.mx), con cita previa en citas.seduso.monterrey.gob.mx y expediente en el sistema SIDUSO. Para usar los servicios digitales hay que crear un usuario en el 'Expediente Digital' (Reglamento de Zonificación, art. 190). San Pedro Garza García: tramites.sanpedro.gob.mx (ficha en modalidad presencial). Apodaca: enlinea.apodaca.gob.mx/tramiteinfo.php?id=1 (en línea o presencial).
Vigencia
El procedimiento de Monterrey (P-SDU-DEC-03) describe la licencia como una autorización 'por un tiempo determinado' para un predio baldío o construido y sin uso, pero no fija el plazo.
Marco legal
Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Nuevo León; Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León; Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León; Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del Municipio de Monterrey; Reglamento para las Construcciones del Municipio de Monterrey; Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey; Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García; Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García.

03Requisitos en Nuevo León

  1. Monterrey: el expediente se revisa con el formato SDU-DEC-20 'Requisitos: Proyecto Arquitectónico (Licencia de uso de suelo)'. La Secretaría pide predictámenes a la Dirección de Proyectos Técnicos, a la Dirección General de Control Regulatorio y Vigilancia y a la Dirección General para un Desarrollo Verde.
  2. Monterrey: dictamen de análisis de riesgo de la Dirección de Protección Civil (Reglamento de Protección Civil, art. 52 Bis II). Se solicita con un escrito dirigido al Director de Protección Civil e identificación; las personas morales agregan acta constitutiva inscrita y poder.
  3. San Pedro Garza García: Acuerdo de Factibilidad de Uso de Suelo, factibilidad de servicios vigente, cédula profesional del ingeniero o arquitecto, estudios técnicos y planos.
  4. Apodaca: acuerdo de factibilidad de uso de suelo, formato de responsabilidad, Cédula Única Catastral original, 8 fotografías del predio y 5 copias del plano de localización en formato de 90x60 cm.
  5. Apodaca: estudios de movilidad, de impacto ambiental e hidrológico cuando apliquen. Para construcciones de más de 1,500 m², factibilidad de agua y drenaje y factibilidad de CFE.

Lista orientativa con base en fuentes oficiales, revisada en octubre de 2026. Puede variar según el municipio o alcaldía, el giro y la superficie.

04Cómo lo gestionamos

  1. Revisión de la sedeConfirmamos giro, superficie y documentos para definir la figura correcta en Monterrey y su zona metropolitana (Nuevo León).
  2. Integración del expedienteReunimos y validamos los requisitos; coordinamos peritos o responsables cuando el trámite lo pide.
  3. Pago de derechos e ingresoCubrimos los derechos e ingresamos la solicitud ante la autoridad que corresponde.
  4. SeguimientoAtendemos prevenciones, visitas e inspecciones hasta obtener la resolución.
  5. Control de vigenciaEl documento queda en PaperworkLab con su fecha de vencimiento y avisos automáticos.

05Preguntas frecuentes

¿Quién emite uso de suelo en Nuevo León?

Monterrey: Secretaría de Desarrollo Urbano Sostenible, con su Dirección General para un Desarrollo Integrado, Compacto y Eficiente y la Coordinación de Uso de Suelo. San Pedro Garza García: Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad. Apodaca: Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas, Ecología y Transporte.

¿Cómo se llama el trámite en Nuevo León?

Monterrey: 'Licencia de Uso de Suelo' (procedimiento P-SDU-DEC-03). San Pedro Garza García: 'Solicitud de licencia de uso de suelo o proyecto arquitectónico'. Apodaca: 'Licencia de uso de suelo, proyecto arquitectónico' (homoclave SEDUOPEYT-2024-10660-010-B). La Licencia de Uso de Edificación es un trámite distinto y posterior (ver licencia-de-funcionamiento).

¿Qué vigencia tiene en Nuevo León?

El procedimiento de Monterrey (P-SDU-DEC-03) describe la licencia como una autorización 'por un tiempo determinado' para un predio baldío o construido y sin uso, pero no fija el plazo.

¿Dónde se tramita en Nuevo León?

Monterrey: Ventanilla Digital (https://tramites.monterrey.gob.mx), con cita previa en https://citas.seduso.monterrey.gob.mx/ y expediente en el sistema SIDUSO. Para usar los servicios digitales hay que crear un usuario en el 'Expediente Digital' (Reglamento de Zonificación, art. 190). San Pedro Garza García: https://tramites.sanpedro.gob.mx/ (ficha en modalidad presencial). Apodaca: https://enlinea.apodaca.gob.mx/tramiteinfo.php?id=1 (en línea o presencial).

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06Fuentes oficiales

Este sitio no es una dependencia de gobierno. La información se tomó de los portales oficiales enlazados; ante cualquier diferencia, prevalece lo que indique la autoridad.

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