Nuevo León · Programa interno de protección civil

Programa interno de protección civil en Monterrey

En Monterrey y su zona metropolitana (Nuevo León) el nombre del trámite y la autoridad cambian según el tipo de establecimiento o el municipio. Te explicamos cómo funciona, qué requisitos piden y cómo lo gestionamos por ti.

Extintor montado en la pared de un pasillo
Extintor montado en la pared de un pasillo

01Cómo funciona en Nuevo León

En Monterrey, San Pedro Garza García y Apodaca, el permiso municipal para operar un establecimiento es la Licencia de Uso de Edificación, que expide Desarrollo Urbano; los giros de bajo riesgo pueden tramitarla por la vía rápida SARE. Antes se necesita la Licencia de Uso de Suelo del predio, y Protección Civil participa con dictámenes y con la autorización (visto bueno) del Programa Interno o Plan de Contingencias. Según la Ley estatal, los establecimientos de menos de 1,500 m² de construcción corresponden a los municipios.

  • La Ley estatal reparte la competencia por tamaño: los establecimientos de menos de 1,500 m² de construcción, entre otros, corresponden a la unidad municipal (art. 36, fracc. V).
  • Plazos en Monterrey: la Dirección tiene 45 días hábiles para autorizar o rechazar un Plan de Contingencias o Programa Interno, y si lo rechaza hay 10 días hábiles para corregirlo (art. 79). Los dictámenes del art. 52 Bis se resuelven en 7 días hábiles; si no hay respuesta, se entienden negados.
  • El análisis de riesgo que se pide para la Licencia de Uso de Suelo en Monterrey puede elaborarlo un técnico especialista certificado por la Dirección de Protección Civil del Estado. Apodaca exige que el plan lo firme un consultor externo.

02Datos oficiales

Nombre oficial
Estatal: 'Registro de la Unidad Interna de Respuesta Inmediata y Plan de Contingencias ante la Dirección de Protección Civil de la Secretaría General de Gobierno'. Monterrey: autorización del 'Plan de Contingencia', 'Programa Interno de Protección Civil' o 'Programa Específico', según el grado de riesgo, más el 'Dictamen para Establecimientos Comerciales'. San Pedro Garza García: 'Solicitud de autorización del programa interno de protección civil' y 'Resolutivo de protección civil para regularización uso de edificación'. Apodaca: 'Evaluación de Planes de Contingencia y Emisión de Visto Bueno' (clave SRA-T-12).
Autoridad
Estado: Dirección de Protección Civil de la Secretaría General de Gobierno de Nuevo León. Municipios: Dirección de Protección Civil municipal. En Monterrey forma parte de la estructura municipal; en San Pedro Garza García y en Apodaca depende de la Secretaría del R. Ayuntamiento. Según la Ley estatal (art. 36, fracc. V), corresponden al municipio, entre otros, los establecimientos de menos de 1,500 m² de construcción; la Ley no define en ese artículo la competencia para los demás.
Dónde se tramita
Monterrey: el Reglamento (art. 52 Bis) permite pedir los dictámenes 'a través de sistemas o medios tecnológicos que se designen'; San Pedro Garza García: tramites.sanpedro.gob.mx (ficha en modalidad presencial). Apodaca: el Plan de Contingencias se presenta en formato digital en la oficina de Protección Civil; no tiene trámite en línea.
Vigencia
Apodaca: el visto bueno vale 12 meses desde su emisión. La Ley estatal (art. 45) solo dice que los establecimientos deben contar 'permanentemente' con el programa, autorizado y supervisado por la autoridad.
Marco legal
Ley de Protección Civil para el Estado de Nuevo León (arts. 36, 45, 46, 47 y 48); Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey (arts. 52 Bis a 52 Bis XII y 75 a 79); Reglamento de Protección Civil del Municipio de San Pedro Garza García (art. 31); Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Municipio de San Pedro Garza García (art. 341); Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Apodaca, Nuevo León (arts. 52, 54 y 77 a 83).

03Requisitos en Nuevo León

  1. Monterrey: el Programa Interno es obligatorio para establecimientos con al menos 10 empleados (art. 76). El documento exigido depende de la Tabla para Determinar el Grado de Riesgo: riesgo bajo, Plan de Contingencia; riesgo medio, Plan de Contingencia (y Programa Específico si hay eventos distintos a los autorizados); riesgo alto, Programa Interno (y Programa Específico en el mismo caso) (art. 78).
  2. Monterrey: la Unidad Interna de Respuesta debe tener brigadas de primeros auxilios, de prevención y combate de incendios, de evacuación y de búsqueda y rescate, y hacer al menos 2 simulacros al año.
  3. Monterrey, Dictamen para Establecimientos Comerciales: Licencia de Uso de Suelo con plano, identificación, 2 fotografías del exterior, y en su caso contrato de arrendamiento y acta constitutiva. Solo procede si la construcción no excede 1,500 m². Las estancias infantiles deben presentar además un estudio estructural firmado por el Director Responsable de Obra.
  4. San Pedro Garza García: identificación del tramitador, resultado de la prueba de hermeticidad y el Programa Interno de Protección Civil. Para el resolutivo de uso de edificación se piden además planos en AutoCAD (.dwg) del conjunto y de las instalaciones eléctricas y de gas, y el oficio de liberación del programa interno.
  5. Apodaca: carta compromiso del propietario y del consultor externo en protección civil, y el Plan de Contingencias en formato digital. Debe incluir la Unidad Interna de Respuesta Inmediata, el atlas y análisis de riesgos (hidrometeorológicos, químicos, socio-organizativos, sanitarios y geológicos), el programa de capacitación con certificados y el Programa de Ayuda Mutua.

Lista orientativa con base en fuentes oficiales, revisada en octubre de 2026. Puede variar según el municipio o alcaldía, el giro y la superficie.

04Cómo lo gestionamos

  1. Revisión de la sedeConfirmamos giro, superficie y documentos para definir la figura correcta en Monterrey y su zona metropolitana (Nuevo León).
  2. Integración del expedienteReunimos y validamos los requisitos; coordinamos peritos o responsables cuando el trámite lo pide.
  3. Pago de derechos e ingresoCubrimos los derechos e ingresamos la solicitud ante la autoridad que corresponde.
  4. SeguimientoAtendemos prevenciones, visitas e inspecciones hasta obtener la resolución.
  5. Control de vigenciaEl documento queda en PaperworkLab con su fecha de vencimiento y avisos automáticos.

05Preguntas frecuentes

¿Quién emite programa interno de protección civil en Nuevo León?

Estado: Dirección de Protección Civil de la Secretaría General de Gobierno de Nuevo León. Municipios: Dirección de Protección Civil municipal. En Monterrey forma parte de la estructura municipal; en San Pedro Garza García y en Apodaca depende de la Secretaría del R. Ayuntamiento. Según la Ley estatal (art. 36, fracc. V), corresponden al municipio, entre otros, los establecimientos de menos de 1,500 m² de construcción; la Ley no define en ese artículo la competencia para los demás.

¿Cómo se llama el trámite en Nuevo León?

Estatal: 'Registro de la Unidad Interna de Respuesta Inmediata y Plan de Contingencias ante la Dirección de Protección Civil de la Secretaría General de Gobierno'. Monterrey: autorización del 'Plan de Contingencia', 'Programa Interno de Protección Civil' o 'Programa Específico', según el grado de riesgo, más el 'Dictamen para Establecimientos Comerciales'. San Pedro Garza García: 'Solicitud de autorización del programa interno de protección civil' y 'Resolutivo de protección civil para regularización uso de edificación'. Apodaca: 'Evaluación de Planes de Contingencia y Emisión de Visto Bueno' (clave SRA-T-12).

¿Qué vigencia tiene en Nuevo León?

Apodaca: el visto bueno vale 12 meses desde su emisión. La Ley estatal (art. 45) solo dice que los establecimientos deben contar 'permanentemente' con el programa, autorizado y supervisado por la autoridad.

¿Dónde se tramita en Nuevo León?

Monterrey: el Reglamento (art. 52 Bis) permite pedir los dictámenes 'a través de sistemas o medios tecnológicos que se designen'; San Pedro Garza García: https://tramites.sanpedro.gob.mx/ (ficha en modalidad presencial). Apodaca: el Plan de Contingencias se presenta en formato digital en la oficina de Protección Civil; no tiene trámite en línea.

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06Fuentes oficiales

Este sitio no es una dependencia de gobierno. La información se tomó de los portales oficiales enlazados; ante cualquier diferencia, prevalece lo que indique la autoridad.

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