Puebla · Programa interno de protección civil

Programa interno de protección civil en Puebla

En Puebla el nombre del trámite y la autoridad cambian según el tipo de establecimiento o el municipio. Te explicamos cómo funciona, qué requisitos piden y cómo lo gestionamos por ti.

Extintor montado en la pared de un pasillo
Extintor montado en la pared de un pasillo

01Cómo funciona en Puebla

En Puebla los municipios otorgan la licencia de funcionamiento y el uso de suelo. En el municipio de Puebla, la licencia de funcionamiento la expide la Tesorería Municipal y puede pedirse en línea con la clave CURS del Padrón de Usuarios Acreditados (PUAM); en San Andrés Cholula la Dirección de Giros Comerciales la tramita en persona. El Programa Interno de Protección Civil se aprueba y registra ante la Coordinación General de Protección Civil del Estado, ante la autoridad municipal (Dirección de Gestión de Riesgo en Puebla capital; Protección Civil de la SSPyPC en San Andrés Cholula), o ante ambas, y en todos los casos se renueva cada año.

  • Puebla capital: lo deben registrar al iniciar operaciones los establecimientos comerciales, de servicios, industriales, educativos y los inmuebles de alto riesgo. El plazo es de 10 a 15 días hábiles después del pago.
  • San Andrés Cholula: hay visita de inspección dentro de los 7 días hábiles siguientes a la recepción, con un plazo máximo de resolución de 18 días hábiles. El dictamen de protección civil y la constancia contra incendios son requisito para la licencia de funcionamiento y para su refrendo.
  • Estatal: el plazo de resolución es de 20 días hábiles a partir del pago o de que se solventen las observaciones. No incluye casas habitación unifamiliares.

02Datos oficiales

Nombre oficial
Estatal: 'Programa Interno de Protección Civil para Inmueble'. Puebla capital: 'Constancia de Registro de Programa Interno de Protección Civil' (existe además la 'Constancia de medidas preventivas en materia de Protección Civil'). San Andrés Cholula: 'Dictamen Programa Interno Protección Civil' (homoclave SSPYPC-2023-3144-004-A).
Autoridad
Estatal: Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla. Puebla capital: Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano / Dirección de Gestión de Riesgo en Materia de Protección Civil / Departamento de Gestión de Riesgo y Prevención. San Andrés Cholula: Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana / Protección Civil.
Dónde se tramita
Estatal: Ventanilla Digital del Gobierno del Estado (ventanilla.puebla.gob.mx), Ventanilla Empresarial Digital, o en persona. Puebla capital: en línea por eXperta (experta.pueblacapital.gob.mx); el PREGIR sube el expediente con sus credenciales. San Andrés Cholula: en persona en Av. Orión Sur No. 1106, Reserva Territorial Atlixcáyotl; la ficha también menciona entrega virtual por liga.
Vigencia
Un año en los tres casos, con renovación anual. Estatal: 'un año a partir de su emisión'. Puebla capital: un año desde la aprobación. San Andrés Cholula: un año a partir de la fecha de pago.
Marco legal
Ley General de Protección Civil y su Reglamento (art. 76 sobre el contenido del programa interno); Ley del Sistema Estatal de Protección Civil (arts. 63, 72-77, 103-106, 112); Reglamento de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla; Programa General para la Aprobación y Registro en Materia de Protección Civil (Acuerdo de la Secretaría de Gobernación, publicado el 27/11/2023); Ley Orgánica Municipal (art. 252); Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (arts. 377-392).

03Requisitos en Puebla

  1. Puebla capital: debe elaborarlo y gestionarlo un Profesional Externo Responsable en Gestión Integral de Riesgos (PREGIR) con registro vigente, que firma una carta de corresponsabilidad.
  2. Estatal: si un perito presenta la solicitud, debe tener cédula vigente en el Registro Estatal de Peritos, carta poder simple ante dos testigos y carta de corresponsabilidad firmada por el perito y el representante legal.
  3. Dictámenes de seguridad estructural y de instalaciones eléctricas, y de gas cuando aplique, emitidos por unidad verificadora o corresponsable de obra.
  4. Constancias de capacitación con formato DC-3 de la STPS (primeros auxilios, uso y manejo de extintores, y otras según el giro) y evidencia de simulacro.
  5. Póliza vigente de seguro de responsabilidad civil y comprobante de recarga de extintores conforme a la NOM-154-SCFI-2005.
  6. Licencia de uso de suelo (específico en San Andrés Cholula) y licencia de funcionamiento o aviso de apertura (Puebla capital).

Lista orientativa con base en fuentes oficiales, revisada en octubre de 2026. Puede variar según el municipio o alcaldía, el giro y la superficie.

04Cómo lo gestionamos

  1. Revisión de la sedeConfirmamos giro, superficie y documentos para definir la figura correcta en Puebla.
  2. Integración del expedienteReunimos y validamos los requisitos; coordinamos peritos o responsables cuando el trámite lo pide.
  3. Pago de derechos e ingresoCubrimos los derechos e ingresamos la solicitud ante la autoridad que corresponde.
  4. SeguimientoAtendemos prevenciones, visitas e inspecciones hasta obtener la resolución.
  5. Control de vigenciaEl documento queda en PaperworkLab con su fecha de vencimiento y avisos automáticos.

05Preguntas frecuentes

¿Quién emite programa interno de protección civil en Puebla?

Estatal: Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla. Puebla capital: Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano / Dirección de Gestión de Riesgo en Materia de Protección Civil / Departamento de Gestión de Riesgo y Prevención. San Andrés Cholula: Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana / Protección Civil.

¿Cómo se llama el trámite en Puebla?

Estatal: 'Programa Interno de Protección Civil para Inmueble'. Puebla capital: 'Constancia de Registro de Programa Interno de Protección Civil' (existe además la 'Constancia de medidas preventivas en materia de Protección Civil'). San Andrés Cholula: 'Dictamen Programa Interno Protección Civil' (homoclave SSPYPC-2023-3144-004-A).

¿Qué vigencia tiene en Puebla?

Un año en los tres casos, con renovación anual. Estatal: 'un año a partir de su emisión'. Puebla capital: un año desde la aprobación. San Andrés Cholula: un año a partir de la fecha de pago.

¿Dónde se tramita en Puebla?

Estatal: Ventanilla Digital del Gobierno del Estado (https://ventanilla.puebla.gob.mx), Ventanilla Empresarial Digital, o en persona. Puebla capital: en línea por eXperta (https://experta.pueblacapital.gob.mx); el PREGIR sube el expediente con sus credenciales. San Andrés Cholula: en persona en Av. Orión Sur No. 1106, Reserva Territorial Atlixcáyotl; la ficha también menciona entrega virtual por liga.

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06Fuentes oficiales

Este sitio no es una dependencia de gobierno. La información se tomó de los portales oficiales enlazados; ante cualquier diferencia, prevalece lo que indique la autoridad.

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