01Cómo funciona en CDMX
En la CDMX no existe una 'licencia de funcionamiento' única. La Ley de Establecimientos Mercantiles clasifica los giros en tres tipos: bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal. Todos se tramitan en línea en el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM), que está a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico y en el que actúan las Alcaldías. Los giros de bajo impacto e impacto vecinal abren con un Aviso. Los de impacto zonal necesitan un Permiso que la Alcaldía resuelve. Además, el giro debe ser compatible con el uso de suelo, que certifica la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana (antes SEDUVI). En protección civil, los establecimientos de mediano y alto riesgo registran su Programa Interno ante la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.
- El CUZUS Digital tiene la misma validez que el presencial (reforma al art. 92 de la Ley de Desarrollo Urbano publicada en la Gaceta del 24 de marzo de 2015).
- El Certificado por Derechos Adquiridos reconoce usos legítimos y continuos que existían antes de que entrara en vigor el programa que los prohibió.
- El Certificado por Reconocimiento de Actividad aplica a micro y pequeños comercios, servicios o industrias de bajo impacto en inmuebles de hasta 200 m², y también a establecimientos de impacto vecinal.
02Datos oficiales
- Nombre oficial
- Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo (también en versión Digital). Otros tipos: Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos y Certificado de Uso del Suelo por Reconocimiento de Actividad.
- Autoridad
- Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana (antes SEDUVI), a través del Registro de Planes y Programas.
- Dónde se tramita
- Certificado Digital: certificadodigital.cdmx.gob.mx:8081/CertificadoD… (enlazado desde metropolis.cdmx.gob.mx). Reconocimiento de Actividad: tramites.cdmx.gob.mx/ventanilla-construccion/pub… Derechos Adquiridos: solo presencial.
- Vigencia
- Las fuentes oficiales no coinciden. La ficha oficial del CUZUS indica una vigencia de 1 año. El Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano (art. 158, reformado en la Gaceta del 22 de julio de 2020) dice que es permanente siempre que se pague la contribución anual, y que se pierde si cambian el uso o la superficie, o si se modifica el Programa de Desarrollo Urbano. El de Derechos Adquiridos y el de Reconocimiento de Actividad son permanentes según sus fichas oficiales.
- Marco legal
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (art. 92) y Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (art. 158).
03Requisitos en CDMX
- Formato TSEDUVI_CNZD_1 debidamente llenado (CUZUS).
- Boleta predial con antigüedad no mayor a 12 meses, o documentos públicos de posesión.
- Cuenta catastral del predio. En la versión digital se capturan los primeros 8 dígitos del número de cuenta de la boleta predial.
- Identificación oficial y, en su caso, documentos de personalidad jurídica (acta constitutiva o poder notarial).
- Derechos adquiridos: documentos que prueben el origen legítimo y la continuidad ininterrumpida del uso desde antes del programa que lo prohibió (formato TSEDUVI_CAU_1).
Lista orientativa con base en fuentes oficiales, revisada en octubre de 2026. Puede variar según el municipio o alcaldía, el giro y la superficie.
04Cómo lo gestionamos
- Revisión de la sedeConfirmamos giro, superficie y documentos para definir la figura correcta en la Ciudad de México.
- Integración del expedienteReunimos y validamos los requisitos; coordinamos peritos o responsables cuando el trámite lo pide.
- Pago de derechos e ingresoCubrimos los derechos e ingresamos la solicitud ante la autoridad que corresponde.
- SeguimientoAtendemos prevenciones, visitas e inspecciones hasta obtener la resolución.
- Control de vigenciaEl documento queda en PaperworkLab con su fecha de vencimiento y avisos automáticos.
05Preguntas frecuentes
¿Quién emite uso de suelo en CDMX?
Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana (antes SEDUVI), a través del Registro de Planes y Programas.
¿Cómo se llama el trámite en CDMX?
Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo (también en versión Digital). Otros tipos: Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos y Certificado de Uso del Suelo por Reconocimiento de Actividad.
¿Qué vigencia tiene en CDMX?
Las fuentes oficiales no coinciden. La ficha oficial del CUZUS indica una vigencia de 1 año. El Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano (art. 158, reformado en la Gaceta del 22 de julio de 2020) dice que es permanente siempre que se pague la contribución anual, y que se pierde si cambian el uso o la superficie, o si se modifica el Programa de Desarrollo Urbano. El de Derechos Adquiridos y el de Reconocimiento de Actividad son permanentes según sus fichas oficiales.
¿Dónde se tramita en CDMX?
Certificado Digital: http://certificadodigital.cdmx.gob.mx:8081/CertificadoDigital/ (enlazado desde https://metropolis.cdmx.gob.mx). Reconocimiento de Actividad: https://tramites.cdmx.gob.mx/ventanilla-construccion/public/. Derechos Adquiridos: solo presencial.
¿Pueden ayudarme con este trámite en CDMX?
Cuéntanos dónde están tus sedes y te confirmamos si podemos atenderlas.
06Fuentes oficiales
- cdmx.gob.mx/public/InformacionTramite.xhtml?idTramite=806
- cdmx.gob.mx/public/InformacionTramite.xhtml?idTramite=805
- cdmx.gob.mx/public/InformacionTramite.xhtml?idTramite=549
- metropolis.cdmx.gob.mx/tramites/metropolis-tramites
- data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/fa77aeab5ddad90ddf252de79e36c599.pdf
- seduvi.cdmx.gob.mx/storage/app/uploads/public/63d/409/f15/63d409f15357e983762770.pdf
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