CDMX · Licencia de funcionamiento

Licencia de funcionamiento en CDMX

En la Ciudad de México el nombre del trámite y la autoridad cambian según el tipo de establecimiento o el municipio. Te explicamos cómo funciona, qué requisitos piden y cómo lo gestionamos por ti.

Fachada de un comercio de barrio con su encargado en la entrada
Fachada de un comercio de barrio con su encargado en la entrada

01Cómo funciona en CDMX

En la CDMX no existe una 'licencia de funcionamiento' única. La Ley de Establecimientos Mercantiles clasifica los giros en tres tipos: bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal. Todos se tramitan en línea en el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM), que está a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico y en el que actúan las Alcaldías. Los giros de bajo impacto e impacto vecinal abren con un Aviso. Los de impacto zonal necesitan un Permiso que la Alcaldía resuelve. Además, el giro debe ser compatible con el uso de suelo, que certifica la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana (antes SEDUVI). En protección civil, los establecimientos de mediano y alto riesgo registran su Programa Interno ante la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.

  • Hay tres categorías por impacto. Impacto vecinal (art. 19): salones de fiestas, restaurantes, hospedaje, clubes privados, cines, teatros y auditorios. Impacto zonal (art. 26): giros cuyo giro principal es la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto o al copeo. Bajo impacto (art. 35): por ejemplo abarrotes, panaderías, talleres mecánicos, lavanderías, salones de belleza y gimnasios.
  • Con el Aviso de bajo impacto o de impacto vecinal, una vez cubiertos los requisitos, el titular puede abrir de inmediato. El impacto zonal necesita que la Alcaldía otorgue el Permiso.
  • Hasta el 20% de una vivienda puede destinarse a un negocio de bajo impacto atendido solo por la familia que la habita, sin cambiar el uso de suelo. Quedan excluidos ciertos giros (art. 37).

02Datos oficiales

Nombre oficial
Aviso para el funcionamiento de establecimientos mercantiles con giro de Bajo Impacto; Aviso de Funcionamiento para Establecimiento Mercantil de Impacto Vecinal; Solicitud de Permiso para el Funcionamiento de Establecimiento Mercantil de Impacto Zonal.
Autoridad
Alcaldía donde se ubica el establecimiento, a través del Sistema. El SIAPEM está a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México (SEDECO).
Dónde se tramita
SIAPEM, Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles: siapem.cdmx.gob.mx (se entra con Llave CDMX).
Vigencia
Impacto zonal: el Permiso se revalida cada 2 años. Impacto vecinal: se presenta un Aviso de revalidación cada 3 años. En ambos casos se presenta por el Sistema 15 días hábiles antes del vencimiento (art. 32). 32 no prevé revalidación para este tipo).
Marco legal
Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México (publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de enero de 2011; reformas posteriores).

03Requisitos en CDMX

  1. Certificado de Zonificación de uso del suelo para el giro que se pretende operar (impacto vecinal y zonal, arts. 31 fr. VII y 31 Bis fr. IX). En bajo impacto, el giro debe ser compatible con el uso de suelo permitido (art. 39).
  2. Número de cajones de estacionamiento requeridos según la normatividad vigente, y capacidad de aforo (arts. 31, 31 Bis y 38).
  3. Visto Bueno de Seguridad y Operación conforme al Reglamento de Construcciones (impacto vecinal y zonal).
  4. Constancias de no adeudo de Predial y Agua (impacto vecinal y zonal).
  5. Bajo impacto: dar cuenta del Programa Interno o Especial de Protección Civil cuando la normatividad de protección civil lo exija (art. 38 fr. VII).
  6. Impacto zonal: datos de la aprobación del Sistema de Seguridad. La Alcaldía indica en el Sistema si procede el Permiso en un plazo de 5 días hábiles (art. 31 Bis).

Lista orientativa con base en fuentes oficiales, revisada en octubre de 2026. Puede variar según el municipio o alcaldía, el giro y la superficie.

04Cómo lo gestionamos

  1. Revisión de la sedeConfirmamos giro, superficie y documentos para definir la figura correcta en la Ciudad de México.
  2. Integración del expedienteReunimos y validamos los requisitos; coordinamos peritos o responsables cuando el trámite lo pide.
  3. Pago de derechos e ingresoCubrimos los derechos e ingresamos la solicitud ante la autoridad que corresponde.
  4. SeguimientoAtendemos prevenciones, visitas e inspecciones hasta obtener la resolución.
  5. Control de vigenciaEl documento queda en PaperworkLab con su fecha de vencimiento y avisos automáticos.

05Preguntas frecuentes

¿Quién emite licencia de funcionamiento en CDMX?

Alcaldía donde se ubica el establecimiento, a través del Sistema. El SIAPEM está a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México (SEDECO).

¿Cómo se llama el trámite en CDMX?

Aviso para el funcionamiento de establecimientos mercantiles con giro de Bajo Impacto; Aviso de Funcionamiento para Establecimiento Mercantil de Impacto Vecinal; Solicitud de Permiso para el Funcionamiento de Establecimiento Mercantil de Impacto Zonal.

¿Qué vigencia tiene en CDMX?

Impacto zonal: el Permiso se revalida cada 2 años. Impacto vecinal: se presenta un Aviso de revalidación cada 3 años. En ambos casos se presenta por el Sistema 15 días hábiles antes del vencimiento (art. 32). 32 no prevé revalidación para este tipo).

¿Dónde se tramita en CDMX?

SIAPEM, Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles: https://siapem.cdmx.gob.mx/ (se entra con Llave CDMX).

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06Fuentes oficiales

Este sitio no es una dependencia de gobierno. La información se tomó de los portales oficiales enlazados; ante cualquier diferencia, prevalece lo que indique la autoridad.

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